Sección
1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas
Artículo
15
Todos
tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral
Artículo
16
Se
garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto
Artículo
17
Toda
persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad
Artículo
18
Se
garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a
la propia imagen
Artículo
19
Los
españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a
circular por el territorio nacional
Artículo
20
Libertad
de expresión.
Artículo
21
Se
reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas.
Artículo
22
Se
reconoce el derecho de asociación
Artículo
23
Los
ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos
Artículo
24
Todas
las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los
jueces y tribunales
Artículo
25
Nadie
puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el
momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción
Artículo
26
Se
prohíben los Tribunales de Honor.
Artículo
27
Todos
tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de
enseñanza.
Artículo
28
Todos
tienen derecho a sindicarse libremente
Artículo
29
Todos
los españoles tendrán el derecho de petición individual y
colectiva, por escrito.
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